Premios Arquitectura Técnica a la Accesibilidad

21 diciembre, 2017 Accesibilidad

Según la Convención de las Naciones Unidas, «la discapacidad es un concepto que evoluciona y que es el resultado de la interacción entre la deficiencia de una persona y los obstáculos tales como barreras físicas y actitudes imperantes que impiden su participación en la sociedad. Cuantos más obstáculos hay, más discapacitada se vuelve una persona. Las discapacidades incluyen deficiencias físicas, mentales, intelectuales y sensoriales tales como ceguera, sordera, deterioro de la movilidad y deficiencias en el desarrollo. Algunas personas tienen más de una forma de incapacidad y muchas, si no todas, podrían llegar a tener alguna discapacidad en algún momento de su vida debido a lesiones físicas, enfermedades o envejecimiento.» Nuestro deber como sociedad es eliminar las barreras de toda índole que dificultan o impiden la autonomía individual, incluida la libertad de tomar las propias decisiones, y la independencia de las personas.

Hoy en día en el entorno urbano nos encontramos con innumerables barreras, sobre todos físicas que impiden la autonomía de las personas con movilidad reducida, pero, no son las únicas, también encontramos barreras visuales, auditivas u otro tipo de barreras sensoriales. La legislación ha avanzado mucho, mejorando la exigencia en este sentido tanto para las edificaciones nuevas, con el Documento Básico de Seguridad de Utilización y Accesibilidad del Código Técnico de la Edificación, como para los edificios existentes, con la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, que entre otras muchas novedades, implanta el Informe de Evaluación de Edificios, o el RD 1/2013 sobre los derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, que obliga a mejorar la accesibilidad de los edificios existentes susceptibles de «ajustes razonables» antes del próximo 4 de diciembre de 2017. Felicitamos a las administraciones y a todas las entidades intervinientes, pues era y es absolutamente necesario regular las condiciones de accesibilidad de los edificios.

No obstante, es necesario concienciar y formar a los agentes que participan del proceso edificatorio. A veces, sin grandes inversiones ni complicadas soluciones constructivas, es posible mejorar la accesibilidad universal de un edificio.

En esta línea, el Consejo General de la Arquitectura Técnica y todos los Colegios de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de la Edificación de España, en representación de estos profesionales claves tanto en la ejecución de los nuevos edificios como en la adecuación de los existentes, trabaja intensamente, colaborando con las administraciones y entidades relacionadas y favoreciendo la formación y difusión de buenas prácticas entre los técnicos.

Y en favor de la accesibilidad universal, el Consejo General convoca la primera edición de los Premios de la Arquitectura Técnica a la Accesibilidad en la Edificación:

 

Bases del Concurso

El Consejo General de la Arquitectura Técnica de España (CGATE), en línea con su compromiso por la accesibilidad en los edificios, convoca la I Edición de los Premios de la Arquitectura Técnica a la Accesibilidad en la Edificación . El objetivo de estos galardones es distinguir el compromiso y las acciones, tanto individuales como colectivas, debidas a iniciativas públicas o privadas, que supongan un avance en la accesibilidad en la edificación.

I. Se establecen tres premios, con las dotaciones económicas indicadas, correspondientes a cada una de las siguientes categorías:

A. PREMIO A LA INVESTIGACIÓN. Este galardón tiene por objeto premiar a las personas, físicas o jurídicas, que hayan contribuido a la adecuación e innovación de la accesibilidad en la edificación, mediante el desarrollo de investigaciones o la profundización en un mayor conocimiento de la pluralidad de la discapacidad, que permitan continuar avanzando en la reducción de las barreras en los edificios.

A esta categoría pueden concurrir propuestas de diversa naturaleza: trabajos teóricos de investigación, desarrollo de programas informáticos, protocolos de actuación, guías y manuales, nuevas soluciones técnicas y constructivas, etc. Para concurrir a este galardón, debe presentarse por triplicado un resumen escrito de la propuesta y la motivación que justifique su contribución a la mejora de la accesibilidad en la edificación. Puede ir acompañado de cuantos otros materiales se considere oportuno.

Este galardón está dotado con TRES MIL EUROS (3.000 €).

B. PREMIO A LA INNOVACIÓN. Este galardón está dirigido a los arquitectos técnicos, que hayan contribuido a la adecuación e innovación de la accesibilidad en la edificación, mediante el desarrollo de acciones innovadoras que, por su aplicación práctica en los edificios, supongan mejoras de accesibilidad.

A esta categoría pueden concurrir propuestas de diversa naturaleza: dispositivos, equipos, sistemas informáticos, materiales, mecanismos para la mejora de la accesibilidad, sistemas provisionales, etc. Para concurrir a este galardón debe presentarse por triplicado un resumen escrito de la propuesta y la motivación que justifique su contribución a la mejora de la accesibilidad en la construcción. Puede ir acompañado de cuantos otros materiales se considere oportuno.

Este galardón está dotado con TRES MIL EUROS (3.000 €).

C. PREMIO A LA MEJOR INICIATIVA DE INTERÉS PÚBLICO. Dirigido a las Administraciones públicas central, autonómica y local, así como a otros organismos públicos o privados, entidades oficiales, fundaciones y ONGS, que hayan destacado por la adopción de iniciativas de interés público que redunden en la concienciación de los agentes del sector en materia de accesibilidad.

Para participar en esta categoría las administraciones o instituciones públicas que lo deseen deben enviar en tiempo y forma, según lo establecido en las presentes bases un resumen ejecutivo de la iniciativa y los motivos por los que es una contribución destacada a la accesibilidad en las obras de edificación.

Las iniciativas públicas participantes en esta categoría también pueden serlo a propuesta de Colegios Oficiales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos u otras organizaciones representativas.

Este premio no tendrá dotación económica y será seleccionado directamente por el Consejo General de la Arquitectura Técnica de España .

II. El Jurado podrá otorgar Menciones de Honor, sin dotación económica, a los trabajos o actuaciones que, no habiendo alcanzado Premio, merezcan ser distinguidas por su calidad. Del mismo modo podrá declarar desierta cualquiera de las categorías, si así lo juzga oportuno.

III. Los trabajos que opten a los Premios habrán de presentarse con indicación expresa de la Categoría a la que concurren, autoría del trabajo y los datos de contacto, en la sede del Consejo General de la Arquitectura Técnica de España (Paseo de la Castellana, 155, 28046 MADRID). El plazo para la presentación de trabajos finaliza a las 20’00 horas del día 28 de febrero de 2018.

IV. El Jurado que fallará los galardones de las categorías A y B estará integrado por representantes de: Real Patronato sobre Discapacidad, Ministerio de Fomento, Ministerio de Sanidad, Asuntos Sociales e Igualdad, CERMI, Fundación ONCE, Universidades, Confederación Nacional de la Construcción, Asociación de Promotores Constructores de España, Fundación Laboral de la Construcción y el Consejo General de la Arquitectura Técnica de España, como entidad convocante.

V. El Consejo General de la Arquitectura Técnica de España procurará dar la máxima difusión al fallo del Jurado. La ceremonia de entrega de los premios tendrá lugar en el marco de la Convención de la Edificación CONTART, que se celebrará en la primavera de 2018 en Zaragoza.

VI. Los participantes se responsabilizan de la originalidad y autoría de los trabajos presentados. Aquellos que sean galardonados o reciban una mención de honor, autorizan al Consejo General de la Arquitectura Técnica de España el uso total o parcial de los resúmenes entregados, para la difusión de los premios en los medios y soportes tanto físicos como digitales que considere oportunos. La utilización de estos resúmenes se realizará respetando íntegramente los derechos morales que les corresponden a los autores en virtud de la vigente ley de propiedad intelectual.