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Bienvenidos a la web de accesibilidad para personas discapacitadas y mayores de 70 años. Con esta web queremos ayudarle a conocer sus derechos, conforme a la legalidad vigente.

¿Qué podrá encontrar en esta web?

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[bsf-info-box icon=»Defaults-legal» icon_size=»40″ icon_color=»#666666″ title=»Legislación» pos=»left»]Podrá descargarse la legislación vigente en cuanto al tema de accesibilidad.[/bsf-info-box]
[bsf-info-box icon=»Defaults-bitbucket» icon_size=»40″ icon_color=»#666666″ title=»Productos accesibles por marcas.» pos=»left»]Le facilitamos una serie de marcas fabricantes de productos accesibles.[/bsf-info-box]
[bsf-info-box icon=»Defaults-list-alt» icon_size=»40″ icon_color=»#666666″ title=»Normas generales de instalación.» pos=»left»]Sección para instaladores.[/bsf-info-box]
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[bsf-info-box icon=»Defaults-file-alt» icon_size=»40″ icon_color=»#666666″ title=»Documentos de solicitud a su comunidad de vecinos.» pos=»left»]Podrá rellenar sus datos y obtendrá el documento listo para imprimir, firmar y presentar a su comunidad.[/bsf-info-box]

‘La accesibilidad es necesaria sólo para algunos, pero es cosa de todos’.

DOCUMENTACIÓN LEGAL

Código técnico de la edificación

Onu convención

Flexibilización fomento del alquiler

Rehabilitación, regeneración, renovación urbanas

Suelo

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Asturias aprueba la nueva normativa sobre habitabilidad que mejora la accesibilidad y eficiencia energética de las viviendas

El Gobierno de Asturias ha aprobado el decreto que regula las normas de habitabilidad, que engloba las condiciones que deben reunir las edificaciones o inmuebles destinados a viviendas dentro del Principado. La nueva disposición sobre normas de diseño en edificios elimina duplicidades, simplifica la tramitación y favorece la accesibilidad universal. En la disposición destaca la introducción de parámetros que garantizan la accesibilidad de cualquier persona, con independencia de su edad y de su situación temporal o permanente de movilidad reducida. También se tiene en cuenta la evolución del sector y, ante el creciente número de obras de rehabilitación edificatoria, extiende la regulación a este ámbito, para el que hasta ahora existía un vacío normativo.

La nueva disposición actualiza el Decreto 39/1998, de 25 de junio, y ha sido presentado esta semana por la consejera de Servicios y Derechos Sociales, Pilar Varela, y el director general de Vivienda, Fermín Bravo.

Entre las novedades se encuentra la supresión de la cédula de habitabilidad de primera ocupación exigida hasta el momento, lo que permitirá agilizar la gestión. Así, a partir de ahora, solo se deberá contar con ella en el caso de segundas y posteriores ocupaciones. De esta forma, el permiso necesario se reduce a la licencia municipal de primera ocupación, que debe garantizar que el proyecto y su ejecución cumplan las normas autonómicas de habitabilidad.

Mejora de la accesibilidad
Las principales novedades que incluye el decreto están dirigidas a mejorar la accesibilidad universal. A partir de ahora todas las entradas de los edificios de viviendas deben ser accesibles, y no sólo el acceso principal. Se incrementará el ancho mínimo de los portales y el área de acceso a los ascensores, y la entrada a los trasteros pasará a tener un ancho accesible para sillas de ruedas. El dormitorio principal aumentará también sus dimensiones para garantizar el paso hacia la ventana en silla de ruedas.

Las viviendas deberán tener, al menos, una ducha de una dimensión mínima de 0,80 metros y completamente enrasada con el resto del suelo del baño. Las puertas deberán ser también de 0,80 metros de paso. Los tendederos y terrazas tendrán el paso hacia el interior de la vivienda totalmente nivelado con el suelo, sin peldaños o saltos. Las plazas de los garajes y sus viales de circulación tendrán mayores dimensiones. Además, se introduce el concepto de accesibilidad universal para buzones y vídeoporteros.
El decreto afectará a todas las viviendas situadas en Asturias, con independencia del régimen de propiedad y uso, tanto libres como con algún tipo de protección; a las de nueva planta, a obras de intervención y a los cambios hacia usos diferentes al de residencia.

La normativa atiende a las nuevas formas de habitar y hace referencia también a los modelos de carácter más o menos permanente, como los turísticos, dotacionales o colaborativos, que estarán obligados a cumplir los nuevos requisitos.

De forma general, el decreto afectará a todas las viviendas situadas en Asturias, con independencia del régimen de propiedad y uso, tanto libres como con algún tipo de protección; a las de nueva planta, a obras de intervención y a los cambios hacia usos diferentes al de residencia. El texto entrará en vigor tres meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Principado (Bopa).

La Generalitat Valenciana publica las ayudas para rehabilitación de edificios

Rehabilitación de edificios
Las ayudas para la rehabilitación de edificios del programa de fomento de la conservación, mejora de la seguridad y accesibilidad de viviendas, será de un millón de euros, que tras el convenio de colaboración con Fomento puede alcanzar un importe de 1.250.000 euros.

Para acceder a estas ayudas los edificios deben haberse construido antes de 1996 y que al menos el 50% de las viviendas sean domicilio habitual de sus residentes. Las ayudas subvencionarán hasta el 40% de las obras con un máximo de 3.000 euros por vivienda para conservación, 8.000 euros para accesibilidad y otros 8.000 euros por vivienda para mejora de eficiencia energética del edificio.

Las familias con ingresos inferiores a tres veces el IPREM recibirán una ayuda complementaria del 35%. También habrá una subvención complementaria si reside una persona con diversidad funcional o mayor de 65 años.

La Generalitat subvencionará un 10% adicional hasta un máximo de 2.000 euros por vivienda en el caso de rehabilitación de edificios o del 5% con un máximo de 1.000 euros en reparación interior de viviendas.

Salamanca destinará un millón de euros a la rehabilitación de edificios de viviendas con una nueva línea de ayudas

El concejal de Fomento, Carlos García Carbayo, ha explicado que con esta medida trata de favorecer la rehabilitación de edificios de viviendas antiguos para equiparar la calidad de vida de las personas con las que viven en otros edificios nuevos construidos con los requisitos de la normativa vigente. Para ello es necesario rehabilitar los edificios para adecuarlos a las condiciones actuales de seguridad y funcionalidad.

Conservación, accesibilidad y eficiencia energética
Con esta iniciativa se quiere contribuir a la realización de obras de conservación, accesibilidad y de eficiencia energética en edificios de viviendas a través de ayudas a los propietarios para subvencionar parcialmente el coste de las obras que se realicen.

Según ha subrayado García Carbayo, se quiere ayudar a que las comunidades de propietarios puedan instalar ascensores, reparar sus tejados, mejorar el aislamiento de sus fachadas o instalar sistemas de calefacción.

Los beneficiarios serán los propietarios de las viviendas pertenecientes a una Comunidad de Propietarios que realice obras de rehabilitación en el edificio. Las obras deberán estar iniciadas con posterioridad al 1 de enero de 2018.

Actuaciones
Las actuaciones que se pueden subvencionar son las obras en los elementos comunes de edificios situados en el municipio de Salamanca con uso predominante de residencial vivienda promovidas por la Comunidad de Propietarios dirigidas a su conservación; realización de ajustes razonables en materia de accesibilidad o mejora de la eficiencia energética.

Para obtener las ayudas los edificios deben disponer de un informe técnico de rehabilitación que proponga las obras para su adecuación a las exigencias actuales. Las actuaciones a realizar y el presupuesto se tienen que aprobar por la Comunidad de Propietarios conforme a los requisitos de la Ley de Propiedad Horizontal.

Las ayudas son para propietarios de viviendas, es decir, los propietarios de locales, garajes, trasteros y otros usos distintos a los de vivienda están excluidos de estas ayudas.

Las bases reguladoras de esta convocatoria se abordarán en el próximo Consejo de Administración del Patronato de Vivienda y Urbanismo.

Una vez que se aprueben y se publiquen en el Boletín Oficial de la Provincia se podrán presentar las solicitudes de ayudas en la sede del Patronato, en la calle Pozo Amarillo 2.

Tranvía de Murcia utiliza Navilens

Si hace unos meses Transportes Metropolitanos de Barcelona empezó a utilizar NaviLens, ahora es Tranvia de Murcia. Con estas iniciativas demuestran su preocupación por las personas con discapacidad. A ver si continuamos trabajando por la @accesibilidad universal.

http://www.tranviademurcia.es/news/2018/06/presentacin-de-la-app-navilens-para-personas-con-discapacidad-visual

¿Qué es Navilens?

Es un marcador como un código QR, pero que se diferencia de otros marcadores porque NaviLens posee un potente algoritmo basado en Visión Artificial capaz de detectar múltiples marcadores a grandes distancias en milisegundos, incluso con el dispositivo en movimiento y sin necesidad de enfocar. NaviLens está concebido para dispositivos móviles de gama media, de modo que cualquiera pueda tener un rápido acceso a la información que contienen. Se trata de un sistema de bajo coste que no tiene apenas mantenimiento.

Orienta espacialmente e informa sobre los tiempos de paso

Mediante un sistema de pegatinas situadas de manera estratégica en las paradas y en las puertas del tranvía, las personas con discapacidad visual a través de una App con su smartphone pueden caminar por el andén y obtener información del servicio en tiempo real y de manera sonora, lo que les permite conocer dónde se encuentran los elementos arquitectónicos, dónde está la máquina expendedora, las validadoras de billetes o los asientos en el interior, así como los tiempos de paso del tranvía en los dos sentidos.

Las pegatinas que se asemejan a un código QR, pero que responden a la solicitud de la App de forma inmediata, contienen toda la información relevante. La persona invidente no necesita enfocar con el smartphone a las pegatinas, ya que se detectan automáticamente y los invidentes reciben la información sonora tan sólo agitando su móvil.

Por otro lado, esta tecnología permite también que el resto de usuarios no invidentes puedan acceder a información en tiempo real. Tranvía de Murcia está trabajando para integrar su App actual con el nuevo sistema de marcadores, de manera que la totalidad de los usuarios podrán recibir próximamente información en tiempo real de incidentes, los tiempos de paso e información adicional, como los lugares de interés cercanos o la oferta cultural.

Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021

Capítulo III. Los objetivos del Plan Estatal 2018-2021 son, en síntesis:
– Persistir en la adaptación del sistema de ayudas a las necesidades sociales actuales y a la limitación de recursos disponibles, priorizando dos ejes, fomento del alquiler y el fomento de la rehabilitación y regeneración y renovación urbana y rural, con especial atención a las personas en situación de desahucio o lanzamiento de su vivienda habitual y a las ayudas a la accesibilidad universal.
– Contribuir a que los deudores hipotecarios como consecuencia de la adquisición de una vivienda protegida puedan hacer frente a las obligaciones de sus préstamos hipotecarios.
– Reforzar la cooperación y coordinación interadministrativa, así como fomentar la corresponsabilidad en la financiación y en la gestión.
– Mejorar la calidad de la edificación y, en particular, de su conservación, de su eficiencia energética, de su accesibilidad universal y de su sostenibilidad ambiental.
– Contribuir al incremento del parque de vivienda en alquiler o en régimen de cesión en uso, tanto público como privado, con determinación de una renta o precio de cesión en uso máximo, durante el plazo mínimo de 25 años.
– Facilitar a los jóvenes el acceso al disfrute de una vivienda digna y adecuada en régimen de alquiler.
– Contribuir a evitar la despoblación de municipios de pequeño tamaño, entendiendo por tales, aquellos de menos de 5.000 habitantes, facilitando a los jóvenes el acceso a la adquisición o rehabilitación de una vivienda en dichos municipios.
– Facilitar el disfrute de una vivienda digna y adecuada a las personas mayores, en régimen de alquiler o de cesión en uso con renta o precio limitado, mediante el fomento de conjuntos residenciales con instalaciones y servicios comunes adaptados.
– Facilitar el disfrute de una vivienda digna y adecuada a las personas con discapacidad, en régimen de alquiler o de cesión en uso con renta o precio limitado, mediante el fomento de conjuntos residenciales con instalaciones y servicios comunes adaptados.
– Contribuir a mantener la reactivación del sector inmobiliario, fundamentalmente desde el fomento del alquiler y el apoyo a la rehabilitación de viviendas, edificios y a la regeneración y renovación urbana o rural, pero además, a través del fomento del parque de vivienda en alquiler, ya sea de nueva promoción o procedente de la rehabilitación, y de la ayuda a la adquisición y a la rehabilitación para los jóvenes en municipios de menos de 5.000 habitantes.

Para la consecución de sus objetivos, el Plan Estatal 2018-2021 se estructura en los siguientes programas:
1. Programa de subsidiación de préstamos convenidos.
2. Programa de ayuda al alquiler de vivienda.
3. Programa de ayuda a las personas en situación de desahucio o lanzamiento de su vivienda habitual.
4. Programa de fomento del parque de vivienda en alquiler.
5. Programa de fomento de mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en viviendas.
6. Programa de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas.
7. Programa de fomento de la regeneración y renovación urbana y rural.
8. Programa de ayuda a los jóvenes.
9. Programa de fomento de viviendas para personas mayores y personas con discapacidad.

El reparto del presupuesto por Comunidades Autónomas es:

Asturias: 61,90M€
Andalucía: 320,77M€
Melilla: 5,96M€
Cataluña: 272,01M€
Comunidad Valenciana: 213,85M€
Castilla y León: 101,92M€
Baleares: 56,02M€
Extremadura: 49,98M€
Castilla La Mancha: 75,03M€
Ceuta: 1,87M€
Cantabria: 35,64M€
Galicia: 106,93M€
Madrid: 185,98M€
Aragón: 71,28M€
Murcia: 79,76M€
Canarias: 99,42M€
La Rioja: 31,89M€

El 55% de las viviendas pueden beneficiarse ya que los principales beneficiarios son los propietarios de viviendas habituales, unifamiliares y colectivas que hayan sido finalizadas antes de 1996. Se estima que hay actualmente 13,7 millones de viviendas en esa situación.

Premios Arquitectura Técnica a la Accesibilidad

Según la Convención de las Naciones Unidas, «la discapacidad es un concepto que evoluciona y que es el resultado de la interacción entre la deficiencia de una persona y los obstáculos tales como barreras físicas y actitudes imperantes que impiden su participación en la sociedad. Cuantos más obstáculos hay, más discapacitada se vuelve una persona. Las discapacidades incluyen deficiencias físicas, mentales, intelectuales y sensoriales tales como ceguera, sordera, deterioro de la movilidad y deficiencias en el desarrollo. Algunas personas tienen más de una forma de incapacidad y muchas, si no todas, podrían llegar a tener alguna discapacidad en algún momento de su vida debido a lesiones físicas, enfermedades o envejecimiento.» Nuestro deber como sociedad es eliminar las barreras de toda índole que dificultan o impiden la autonomía individual, incluida la libertad de tomar las propias decisiones, y la independencia de las personas.

Hoy en día en el entorno urbano nos encontramos con innumerables barreras, sobre todos físicas que impiden la autonomía de las personas con movilidad reducida, pero, no son las únicas, también encontramos barreras visuales, auditivas u otro tipo de barreras sensoriales. La legislación ha avanzado mucho, mejorando la exigencia en este sentido tanto para las edificaciones nuevas, con el Documento Básico de Seguridad de Utilización y Accesibilidad del Código Técnico de la Edificación, como para los edificios existentes, con la Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas, que entre otras muchas novedades, implanta el Informe de Evaluación de Edificios, o el RD 1/2013 sobre los derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, que obliga a mejorar la accesibilidad de los edificios existentes susceptibles de «ajustes razonables» antes del próximo 4 de diciembre de 2017. Felicitamos a las administraciones y a todas las entidades intervinientes, pues era y es absolutamente necesario regular las condiciones de accesibilidad de los edificios.

No obstante, es necesario concienciar y formar a los agentes que participan del proceso edificatorio. A veces, sin grandes inversiones ni complicadas soluciones constructivas, es posible mejorar la accesibilidad universal de un edificio.

En esta línea, el Consejo General de la Arquitectura Técnica y todos los Colegios de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de la Edificación de España, en representación de estos profesionales claves tanto en la ejecución de los nuevos edificios como en la adecuación de los existentes, trabaja intensamente, colaborando con las administraciones y entidades relacionadas y favoreciendo la formación y difusión de buenas prácticas entre los técnicos.

Y en favor de la accesibilidad universal, el Consejo General convoca la primera edición de los Premios de la Arquitectura Técnica a la Accesibilidad en la Edificación:

 

Bases del Concurso

El Consejo General de la Arquitectura Técnica de España (CGATE), en línea con su compromiso por la accesibilidad en los edificios, convoca la I Edición de los Premios de la Arquitectura Técnica a la Accesibilidad en la Edificación . El objetivo de estos galardones es distinguir el compromiso y las acciones, tanto individuales como colectivas, debidas a iniciativas públicas o privadas, que supongan un avance en la accesibilidad en la edificación.

I. Se establecen tres premios, con las dotaciones económicas indicadas, correspondientes a cada una de las siguientes categorías:

A. PREMIO A LA INVESTIGACIÓN. Este galardón tiene por objeto premiar a las personas, físicas o jurídicas, que hayan contribuido a la adecuación e innovación de la accesibilidad en la edificación, mediante el desarrollo de investigaciones o la profundización en un mayor conocimiento de la pluralidad de la discapacidad, que permitan continuar avanzando en la reducción de las barreras en los edificios.

A esta categoría pueden concurrir propuestas de diversa naturaleza: trabajos teóricos de investigación, desarrollo de programas informáticos, protocolos de actuación, guías y manuales, nuevas soluciones técnicas y constructivas, etc. Para concurrir a este galardón, debe presentarse por triplicado un resumen escrito de la propuesta y la motivación que justifique su contribución a la mejora de la accesibilidad en la edificación. Puede ir acompañado de cuantos otros materiales se considere oportuno.

Este galardón está dotado con TRES MIL EUROS (3.000 €).

B. PREMIO A LA INNOVACIÓN. Este galardón está dirigido a los arquitectos técnicos, que hayan contribuido a la adecuación e innovación de la accesibilidad en la edificación, mediante el desarrollo de acciones innovadoras que, por su aplicación práctica en los edificios, supongan mejoras de accesibilidad.

A esta categoría pueden concurrir propuestas de diversa naturaleza: dispositivos, equipos, sistemas informáticos, materiales, mecanismos para la mejora de la accesibilidad, sistemas provisionales, etc. Para concurrir a este galardón debe presentarse por triplicado un resumen escrito de la propuesta y la motivación que justifique su contribución a la mejora de la accesibilidad en la construcción. Puede ir acompañado de cuantos otros materiales se considere oportuno.

Este galardón está dotado con TRES MIL EUROS (3.000 €).

C. PREMIO A LA MEJOR INICIATIVA DE INTERÉS PÚBLICO. Dirigido a las Administraciones públicas central, autonómica y local, así como a otros organismos públicos o privados, entidades oficiales, fundaciones y ONGS, que hayan destacado por la adopción de iniciativas de interés público que redunden en la concienciación de los agentes del sector en materia de accesibilidad.

Para participar en esta categoría las administraciones o instituciones públicas que lo deseen deben enviar en tiempo y forma, según lo establecido en las presentes bases un resumen ejecutivo de la iniciativa y los motivos por los que es una contribución destacada a la accesibilidad en las obras de edificación.

Las iniciativas públicas participantes en esta categoría también pueden serlo a propuesta de Colegios Oficiales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos u otras organizaciones representativas.

Este premio no tendrá dotación económica y será seleccionado directamente por el Consejo General de la Arquitectura Técnica de España .

II. El Jurado podrá otorgar Menciones de Honor, sin dotación económica, a los trabajos o actuaciones que, no habiendo alcanzado Premio, merezcan ser distinguidas por su calidad. Del mismo modo podrá declarar desierta cualquiera de las categorías, si así lo juzga oportuno.

III. Los trabajos que opten a los Premios habrán de presentarse con indicación expresa de la Categoría a la que concurren, autoría del trabajo y los datos de contacto, en la sede del Consejo General de la Arquitectura Técnica de España (Paseo de la Castellana, 155, 28046 MADRID). El plazo para la presentación de trabajos finaliza a las 20’00 horas del día 28 de febrero de 2018.

IV. El Jurado que fallará los galardones de las categorías A y B estará integrado por representantes de: Real Patronato sobre Discapacidad, Ministerio de Fomento, Ministerio de Sanidad, Asuntos Sociales e Igualdad, CERMI, Fundación ONCE, Universidades, Confederación Nacional de la Construcción, Asociación de Promotores Constructores de España, Fundación Laboral de la Construcción y el Consejo General de la Arquitectura Técnica de España, como entidad convocante.

V. El Consejo General de la Arquitectura Técnica de España procurará dar la máxima difusión al fallo del Jurado. La ceremonia de entrega de los premios tendrá lugar en el marco de la Convención de la Edificación CONTART, que se celebrará en la primavera de 2018 en Zaragoza.

VI. Los participantes se responsabilizan de la originalidad y autoría de los trabajos presentados. Aquellos que sean galardonados o reciban una mención de honor, autorizan al Consejo General de la Arquitectura Técnica de España el uso total o parcial de los resúmenes entregados, para la difusión de los premios en los medios y soportes tanto físicos como digitales que considere oportunos. La utilización de estos resúmenes se realizará respetando íntegramente los derechos morales que les corresponden a los autores en virtud de la vigente ley de propiedad intelectual.

 

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